A- de 2023
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante De Oficio·Demandado Maca Palechor Wilson Arbey
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia se encuentran satisfechos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Popayán con Funciones de Conocimiento y el Resguardo Indígena Rioblanco, Sotará, Cauca.
La controversia se origina con ocasión de un proceso penal adelantado en contra de un miembro de una comunidad indígena por la presunta comisión del delito de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena hace el análisis ponderado de los elementos establecidos por la jurisprudencia y pudo determinar que, los elementos subjetivo y territorial se encuentran cumplidos.
Acerca del factor objetivo, se tiene que el delito imputado de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios partes o municiones, descrita en el artículo 365 del Código Penal se trata de una conducta que afecta intereses tanto de la sociedad mayoritaria como de la comunidad indígena, sin embargo, en este caso particular, no se puede considerar que se esté frente a un delito de especial nocividad o gravedad, que suponga un análisis más riguroso del elemento institucional.
El elemento institucional se encuentra satisfecho, toda vez que se evidencia que existen procesos, sanciones, y garantías del debido proceso dentro del Resguardo para procesar el delito cometido por el miembro de la comunidad.
Esto debido a que institucionalmente se garantiza: (i) una autoridad que fue constituida previo al juzgamiento; (ii) unas reglas y claras para adelantar la investigación juzgamiento y sanción, (iii) unas pautas para la garantía del derecho de defensa del procesado, y (iv) el tipo de sanciones y la institucionalidad para hacerlas efectivas.
En virtud de lo anterior, la Corte resuelve asignar la competencia a la Jurisdicción Especial Indígena y decide remitir el expediente al Resguardo Indígena Rioblanco, en Sotará, Cauca y comunicar la presente decisión al Juzgado Quinto Penal del Circuito de Popayán con Función de Conocimiento, para que, a su vez, dicha autoridad judicial informe de esta decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. Dirimir el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Quinto. Penal del Circuito de Popayán, y las autoridades del Resguardo Indígena Rioblanco, en Sotará (Cauca), en el sentido de DECLARAR que corresponde a la jurisdicción indígena conocer el proceso penal seguido en contra de Wilson Arbey Maca Palechor por el delito de fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-4347 al Resguardo Indígena Rioblanco, en Sotará, Cauca.
- Tercero. COMUNICAR, a través de la Secretaría General de esta Corporación, la presente decisión al Juzgado
- Quinto. Penal del Circuito de Popayán con Función de Conocimiento, para que, a su vez, dicha autoridad judicial informe de esta decisión a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.